Testamento Ológrafo PDF: modelo conforme al Código Civil con auto-cálculo de legítimas
Borrador testamento ológrafo PDF gratis art. 688 CC. IA auto-calcula legítimas (1/3+1/3+1/3 art. 806-822), Reg. UE 650/2012, Frankfurt RGPD AEPD anti-Schrems II.
Datos del testador y declaración de capacidad art. 663 CC
Rellena con asistencia IA los datos personales del testador (nombre completo, apellidos, DNI o NIE, lugar y fecha de nacimiento, dirección postal completa, estado civil con régimen económico…
Disposiciones testamentarias y auto-cálculo legítimas art. 806-822 CC
Define las disposiciones testamentarias múltiples: institución de heredero universal ex art. 668 CC sobre la totalidad del haber (mi esposa María García López hereda la totalidad de mi…
Descarga, recopia íntegramente a mano y custodia
Descarga el borrador en PDF 2.0 (ISO 32000-2:2020) — pero ATENCIÓN: este PDF NO ES un testamento ológrafo válido por sí mismo.…
Por qué elegir iFillPDF
IA pre-rellena el borrador + ningún concurrente español lo ofrece
iFillPDF es la única herramienta del mercado español que pre-rellena automáticamente un borrador completo de testamento ológrafo conforme al artículo 688 del Código Civil: datos del testador (nombre, apellidos, DNI/NIE, lugar y…
Auto-cálculo de cuotas de legítima art. 806-822 CC + alerta lesión legítima art. 813
Único en el mercado: nuestra IA calcula automáticamente las cuotas de legítima conforme a los artículos 806 a 822 del Código Civil común español y alerta sobre lesión de legítima impugnable mediante acción de reducción art.…
Integración Reg. UE 650/2012 sucesiones internacionales + professio iuris
Integramos la cláusula de professio iuris del art. 22 del Reglamento (UE) 650/2012 (Reglamento Sucesorio Europeo en vigor desde 17/08/2015) — esencial para residentes ES con bienes inmobiliarios en otros Estados UE (segunda…
Tipología testamentos del Cód. Civil: ológrafo + abierto + cerrado
Wizard que explica las 3 formas de testamento ordinario del Código Civil español y recomienda según tu situación: (1) testamento OLÓGRAFO ex art.…
Protocolización + RGGP Reg. General Actos Última Voluntad Min. Justicia
Guía completa post-mortem para tus herederos: tras tu fallecimiento, los herederos deben localizar y proteger el testamento ológrafo en plazo de 5 años ex art. 689 CC.…
Hospedaje Frankfurt UE + RGPD art. 9 + LOPDGDD + AEPD + anti-Schrems II
Tus datos patrimoniales y familiares son de los más sensibles imaginables — disposición testamentaria, identidad de herederos, valor del patrimonio, legados específicos, posibles desheredaciones, identidad biológica del testador.…
Gratis + sin notario + 5 alternativas pricing € desventajosas
El plan gratuito de iFillPDF permite preparar el borrador con marca de agua, sin tarjeta de crédito ni periodo de prueba caducable — un borrador de testamento ológrafo típico ocupa 2-4 páginas, así que puedes generar varias…
Prepara un borrador de testamento ológrafo PDF conforme al artículo 688 del Código Civil español ("El testamento ológrafo deberá estar escrito todo él y firmado por el testador, con expresión del año, mes y día en que se otorgue") con asistencia de IA para datos personales, disposiciones testamentarias, designación de herederos y legados, y auto-cálculo automático de las cuotas de legítima conforme a los artículos 806 a 822 (1/3 legítima estricta a los herederos forzosos descendientes, 1/3 de mejora a favor de descendientes, 1/3 de libre disposición). Aviso fundamental no eludible: iFillPDF genera únicamente un borrador preparatorio en PDF — el testador debe luego recopiar íntegramente el borrador de su puño y letra sobre papel, porque la autografía integral es requisito de existencia del testamento ológrafo (art. 688 CC pena nulidad radical confirmada por la jurisprudencia constante del Tribunal Supremo Sala Primera de lo Civil — STS 1457/2018 y STS 1098/2020 que reiteran: un testamento ológrafo mecanografiado, impreso, dictado o escrito por terceros es radicalmente nulo, incluso si está firmado por el testador). A diferencia de los 10 resultados top SERP ES (gl=es/hl=es KW "testamento ológrafo modelo") — Notarios y Registradores pos.1 (DOC orientativo, autoridad corporativa notarial), europeaseguros.es pos.2 (artículo + PDF modelo aseguradora), Maronda Abogados pos.3 (PDF instrucciones I-IX despacho Valencia), Teder Abogados pos.4 (PDF descargable Vigo con cláusula revocatoria), Esneca pos.5 (guía blog formativa), Colegio Abogados Sevilla ICAS pos.6 (modelo corporativo colegio), Iberley pos.8 (formulario premium legaltech con paywall), Albarracín Seguros pos.9 (definición + modelos ejemplo aseguradora), Marqués del Castillo Abogados pos.10 (artículo Málaga) — todos modelos estáticos PDF/DOC para consultar y recopiar a mano, ninguno calcula las cuotas de legítima (riesgo lesión legítima impugnable mediante acción de reducción art. 813 CC ejercitable por los legitimarios en plazo de 4 años desde aceptación herencia ex art. 1.301 — invalidación parcial o total de disposiciones testamentarias excedentes la cuota disponible). Y a diferencia de Wonder.legal (19€ pago único modelo personalizable pero sin cálculo legítima ni integración Reg. UE 650/2012), LegalitasGo (49€/mes plataforma legal generalista), Rocket Lawyer (39,99€/mes residual con pocos modelos sucesorios ES), Bufete Toro y Sucesores.es (servicios notariales tradicionales 100-300€ asesoría completa), iFillPDF prefilla testador (nombre, apellidos, DNI/NIE, lugar y fecha de nacimiento, dirección, declaración de pleno juicio y capacidad ex art. 663 CC capacidad para testar mayor de edad sin demencia), disposiciones testamentarias múltiples (institución de heredero universal ex art. 668 CC sobre la totalidad del haber, legado de cosa específica ex art. 875 CC para atribuir un bien determinado a beneficiario nombrado — vivienda en c/ Mayor 5 Madrid a mi hijo Carlos, legado de cantidad o de género ex art. 887 CC, sustitución vulgar ex art. 774 CC para nombrar un heredero en segunda llamada si el primero renuncia o premuere), designación de albacea ex art. 892-911 CC (figura facultativa pero recomendada para administrar, custodiar bienes y ejecutar las disposiciones — puede ser persona física o jurídica notario gestoría), revocación expresa de testamentos anteriores ex art. 738 CC ("Por el presente revoco y anulo cualquier testamento anterior, único que quiero se cumpla y ejecute en todas sus partes" — cláusula recomendada por la Notaría Bosch-Bages de Barcelona y por el Colegio Abogacía Sevilla ICAS), desheredación de legitimarios solo por causas tasadas ex art. 852-855 CC (negar alimentos, maltratar gravemente, atentar contra vida — STS 1457/2018 amplió interpretación a maltrato psicológico continuado), auto-cálculo de las cuotas de legítima conforme art. 806-822 CC con alerta automática de lesión legítima impugnable (Cód. Civil común: hijos = 1/3 estricta + 1/3 mejora + 1/3 libre disposición ex art. 808; cónyuge usufructo 1/3 si concurre con descendientes ex art. 834, 1/2 si concurre con ascendientes ex art. 837, 2/3 si concurre sin descendientes ni ascendientes ex art. 838; ascendientes sin descendientes = 1/2 ex art. 809; sin descendientes ni ascendientes = libre disposición total). Para los derechos forales (que SUPERSEDEN el Cód. Civil común en el territorio de cada Comunidad Autónoma de derecho civil propio ex art. 149.1.8ª CE Constitución Española) integramos: Cataluña Llei 10/2008 del Llibre Quart del Codi civil de Catalunya (legítima 1/4 sin tercio de mejora, calculada sobre activo neto), Galicia Lei 2/2006 (legítima 1/4 descendientes, pacto sucesorio admitido), Aragón Decreto Legislativo 1/2011 (legítima colectiva 1/2 distribuible entre descendientes, fiducia sucesoria), Navarra Ley 1/1973 Fuero Nuevo (libertad casi total testamentaria, sin legítima rigurosa), País Vasco Ley 5/2015 Derecho Civil Vasco (testamento por comisario, hil-buruko en peligro inminente de muerte, troncalidad sobre bienes raíces familiares). Para sucesiones con bienes en otro Estado UE, integramos la cláusula de professio iuris del art. 22 del Reglamento (UE) 650/2012 (Reglamento Sucesorio Europeo en vigor desde 17/08/2015) para elegir expresamente la ley de la nacionalidad como ley aplicable a toda la sucesión, evitando el régimen por defecto (ley de la residencia habitual al fallecer ex art. 21) — esencial para residentes en Reino Unido, Francia, Alemania, Portugal, Países Bajos con bienes inmobiliarios en España o viceversa. Tras la firma manuscrita y el fallecimiento, los herederos deben protocolizar el testamento ológrafo ante notario en plazo de 5 años ex art. 689 CC, con previa adveración judicial (apertura juicio testamentaría — Cód. LEC arts. 778-789 reformados Ley 15/2015 jurisdicción voluntaria); el notario lo inscribe luego en el Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia (Real Decreto 1499/2024 actualización) — coste protocolización 40-120€ + adveración 200-500€ (vs testamento abierto art. 694 CC directamente notarial 50-150€). Hospedaje exclusivo en centro de datos ISO/IEC 27001:2022 + ISO 27018 en Frankfurt (Alemania, UE) — estos datos patrimoniales y familiares son de los más sensibles imaginables: sin transferencia extra-UE, sin riesgo Schrems II (TJUE C-311/18 invalidó Privacy Shield 16/07/2020), sin Cloud Act estadounidense (50 USC §1881a) ni Patriot Act, RGPD Reglamento (UE) 2016/679 art. 9 categorías especiales + LOPDGDD 3/2018 supervisada por la AEPD, sin entrenamiento de IA generativa con tu testamento (política inversa a Adobe febrero 2024). Pensado para testadores españoles 55-85 años (edad media primera redacción testamento en España 67 años según Notariado.es 2024), personas con diagnóstico médico grave que quieren sistemar patrimonialmente sin desplazarse al notario, personas sin descendientes que quieren legar a entidad benéfica (Cáritas, Manos Unidas, Cruz Roja, AECC Asociación Española Contra el Cáncer, ONCE, MSF Médicos Sin Fronteras), parejas sin hijos que quieren protegerse mutuamente, padres con hijos de matrimonios distintos que quieren asegurar el equilibrio entre primer y segundo lecho.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo usar iFillPDF como testamento ológrafo válido sin recopiar a mano?+
NO. iFillPDF prepara únicamente un borrador preparatorio en PDF para orientar tu redacción manuscrita final. NO es un testamento ológrafo válido por sí mismo. Conforme al artículo 688 del Código Civil español, el testamento ológrafo debe estar enteramente escrito por el testador de su puño y letra (autografía integral) con bolígrafo o estilográfica sobre papel — un testamento mecanografiado, impreso, dictado o escrito por terceros es RADICALMENTE NULO. La jurisprudencia constante del Tribunal Supremo Sala Primera de lo Civil (STS 1457/2018 y STS 1098/2020) lo confirma sin matices. La nulidad del testamento ológrafo provoca la apertura de la sucesión intestada (abintestato) ex art. 912 CC con devolución del haber por ley: descendientes (hijos + nietos por estirpe), ascendientes (padres + abuelos), cónyuge viudo, colaterales hasta 4º grado (hermanos, sobrinos), y a falta de parientes al Estado español ex art. 956 CC. Por tanto: descarga el borrador iFillPDF, recopia íntegramente de tu puño y letra sobre folios A4, firma al final (recomendable cada folio), consigna lugar y fecha exacta (día, mes, año — requisito esencial art. 688 CC, su omisión provoca nulidad). Si prefieres una forma directamente válida sin recopiar, recurre al testamento abierto ante notario ex art. 694 CC (50-150€ arancel RD 1426/1989).
¿Es realmente gratis preparar un borrador de testamento ológrafo PDF?+
Sí, el plan gratuito de iFillPDF permite preparar el borrador con marca de agua, sin tarjeta de crédito ni periodo de prueba caducable — un borrador de testamento ológrafo típico ocupa 2-4 páginas, así que puedes generar varias versiones distintas (testamento principal + codicilos modificadores ex art. 739 CC) y modificarlas las veces que quieras. Una cuenta gratis es necesaria para guardar el documento y exportar con marca de agua. Un pago único de 8,99 € Lifetime (sin suscripción, para siempre) elimina la marca de agua. Compáralo con las alternativas: Notaría tradicional testamento abierto 50-150€ por arancel RD 1426/1989 (38,46€ + IVA + suplidos), protocolización post-mortem ológrafo 40-120€ + adveración judicial Cód. LEC 200-500€ = 240-620€ total para herederos, Wonder.legal 19€ pago único sin cálculo legítima, LegalitasGo 49€/mes plataforma generalista, Rocket Lawyer 39,99€/mes residual, Bufete Toro asesoría 100-300€. iFillPDF combina IA pre-rellenado + auto-cálculo legítima art. 806-822 + integración Reg. UE 650/2012 + derecho foral catalán/gallego/aragonés/navarro/vasco + hosting UE Frankfurt RGPD AEPD — única oferta integral sin coste recurrente.
¿Qué pasa si mi testamento ológrafo lesiona la legítima de mis hijos?+
Riesgo importante. La legítima es la porción del haber hereditario reservada por ley a los herederos forzosos (descendientes, ascendientes, cónyuge) que el testador no puede privar libremente ex art. 806 CC. Si tu testamento ológrafo dispone más allá de la cuota de libre disposición (Cód. Civil común: 1/3 estricta + 1/3 mejora favor descendientes + 1/3 libre disposición ex art. 808 CC), los legitimarios pueden ejercitar la acción de reducción ex art. 813 CC en plazo de 4 años desde aceptación de herencia ex art. 1.301 CC — el juez reducirá proporcionalmente las disposiciones excedentes hasta cubrir las legítimas. Ejemplo: si dejas la totalidad a tu segunda esposa y desheredas a los hijos del primer matrimonio sin causa tasada ex art. 852-855 CC (negar alimentos, maltratar gravemente, atentar contra vida — STS 1457/2018 amplió a maltrato psicológico continuado), los hijos pueden impugnar y recuperar 2/3 del haber (1/3 estricta + 1/3 mejora). iFillPDF auto-calcula automáticamente las cuotas de legítima conforme art. 806-822 CC y te alerta cuando tu disposición las infringe, sugiriendo ajustes para evitar la futura acción de reducción. Para derechos forales aplicamos reglas distintas: Cataluña Llei 10/2008 legítima 1/4, Aragón DL 1/2011 legítima colectiva 1/2 distribuible, Navarra Ley 1/1973 libertad casi total.
¿Cómo se protocoliza mi testamento ológrafo tras mi fallecimiento?+
Procedimiento post-mortem en 3 fases obligatorias para que tu testamento ológrafo surta efectos: (1) ADVERACIÓN JUDICIAL mediante expediente de jurisdicción voluntaria ante el juzgado de Primera Instancia del último domicilio del testador, Cód. LEC arts. 778-789 reformados Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria — la persona que tiene el testamento debe presentarlo al juzgado en plazo de 10 días desde el conocimiento de la muerte ex art. 690 CC bajo pena de responsabilidad por daños/perjuicios; el juez identifica autoría/autenticidad mediante 3 testigos que conocían la letra y firma del testador + posible peritación caligráfica (250-500€ honorarios perito si los testigos discrepan); (2) PROTOCOLIZACIÓN ante notario ex art. 689 CC en plazo de 5 años desde el fallecimiento — el notario incorpora el testamento adverado a su protocolo notarial con acta solemne, coste 40-120€ arancel RD 1426/1989; (3) INSCRIPCIÓN en el Registro General de Actos de Última Voluntad (RGAUV) del Ministerio de Justicia ex RD 1499/2024. Los herederos podrán solicitar el Certificado de Últimas Voluntades transcurridos 15 días desde la defunción para conocer si existe testamento (coste 3,86€ tasa modelo 790 código 006). Si transcurren 5 años sin protocolizar, el testamento ológrafo pierde su eficacia ex art. 689 CC. iFillPDF incluye en el borrador una hoja adjunta con el procedimiento completo paso a paso para tus herederos.
¿Puedo desheredar a un hijo o a mi cónyuge en mi testamento ológrafo?+
Solo por causas tasadas legalmente, no es libertaria. La desheredación de legitimarios está estrictamente regulada por los artículos 852 a 855 del Código Civil y solo procede por causas concretas demostrables: (1) haber negado alimentos al testador o a su cónyuge sin motivo legítimo ex art. 853.1 CC; (2) haber maltratado de obra o injuriado gravemente al testador ex art. 853.2 CC — el Tribunal Supremo Sala Primera STS 1457/2018 (recurso 4002/2017) amplió esta causa al maltrato psicológico continuado (insultos, desatención prolongada, ruptura voluntaria de relaciones), revolucionando la interpretación; (3) haber atentado contra la vida del testador, su cónyuge, descendientes o ascendientes ex art. 853.3 CC. Para cónyuges aplican causas específicas adicionales ex art. 855 CC (incumplimiento grave o reiterado deberes conyugales, atentar contra vida testador, infidelidad manifiesta privación libertad). La desheredación debe constar EXPRESAMENTE en el testamento con identificación nominativa del desheredado y mención de la causa concreta ex art. 849 CC. Sin causa tasada, el legitimario puede impugnar y recuperar su legítima estricta ex art. 851 CC. Recomendamos consultar un abogado especialista en sucesiones (colegiados ICAM/ICAB/ICAGI/ICAB Bilbao/ICAVAL Valencia) antes de incluir desheredación — riesgo alto de impugnación post-mortem.
¿Qué pasa si tengo bienes en otro país UE (segunda residencia en Francia, Alemania)?+
Se aplica el Reglamento (UE) 650/2012 (Reglamento Sucesorio Europeo en vigor desde 17/08/2015) en los 26 Estados UE participantes (excluidos Dinamarca e Irlanda). Por defecto, el art. 21 del Reglamento aplica a TODA tu sucesión (bienes en España + bienes en Francia/Alemania/Portugal/Italia/Países Bajos) la ley del país de tu RESIDENCIA HABITUAL al fallecer (donde tengas tu centro de vida estable, no necesariamente la nacionalidad ni el padrón). Esto significa que si vives 6 meses al año en Costa del Sol y 6 meses en Reino Unido, podría aplicarse la ley inglesa de sucesiones (mucho más libertaria — sin legítima rigurosa), invalidando tu testamento ológrafo conforme al Cód. Civil español. Para evitarlo, iFillPDF integra automáticamente la cláusula de PROFESSIO IURIS del art. 22 del Reglamento — declaración solemne en el testamento para elegir expresamente la ley de tu NACIONALIDAD como ley aplicable a toda la sucesión, asegurando la aplicación del derecho civil español (común o foral). Esta cláusula aparece en el modelo estándar de la Notaría Bosch-Bages Barcelona y es esencial para residentes ES con bienes inmobiliarios en otros Estados UE, expatriados europeos con vivienda en España (>500.000 ciudadanos UE residentes según INE 2024 — alemanes, británicos, franceses, holandeses, belgas, italianos). Para sucesiones internacionales recomendamos también emitir un Certificado Sucesorio Europeo (CSE) ex Reg. 650/2012 cap. VI — documento único reconocido en los 26 Estados UE.
¿Mis datos patrimoniales y familiares (herederos, legados) están seguros?+
Sí, hospedaje exclusivo en Hetzner eu-central-1 Frankfurt (Alemania, UE) certificado ISO 27001:2022 + ISO 27018 + ISO 27017. Tus datos sensibles (disposición testamentaria, identidad de herederos, valor del patrimonio, legados específicos de bienes inmuebles, posibles desheredaciones de hijos/cónyuge, identidad biológica del testador, condiciones suspensivas, sustituciones) se cifran en TLS 1.3 en tránsito y AES-256 en reposo, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 RGPD art. 9 categorías especiales (datos relativos a vida familiar y patrimonio considerados sensibles por el TJUE C-101/01 Lindqvist), LOPDGDD Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales supervisada por la AEPD Agencia Española de Protección de Datos. Sin transferencias internacionales fuera del Espacio Económico Europeo — escudo anti-Schrems II (TJUE C-311/18 invalidó Privacy Shield el 16/07/2020 para datos transferidos a EE.UU.), sin Cloud Act estadounidense (50 USC §1881a) ni Patriot Act, sin acceso por autoridades extra-UE ni por servicios de inteligencia. Tus datos no se usan para entrenar modelos de IA generativa (política inversa a Adobe que en febrero 2024 modificó sus T&Cs para entrenar IA con archivos de usuarios). Eliminación automática del borrador a los 30 días por defecto desde tu panel — derecho al olvido art. 17 RGPD. Sin envío a Wonder.legal (Francia conforme UE pero sin RGPD art. 9), LegalitasGo (España conforme), Rocket Lawyer (Reino Unido post-Brexit + EE.UU. matriz Cloud Act).
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